Hoy, 30 de diciembre de 2021, el Ministerio De Asuntos Económicos y Transformación Digital ha publicado las bases reguladoras del programa Kit Digital. En los próximos días se publicará el Anuncio de Adhesión por la que los agentes digitalizadores podrán registrarse como proveedores de servicios digitales susceptibles de aplicación del bono. El procedimiento de adhesión permanecerá abierto y habilitado durante el tiempo de duración del Programa Kit Digital. Toda la información está disponible en acelerapyme.es
Una vez alcanzada una masa crítica de agentes digitalizadores registrados en la plataforma, se publicarán las diferentes convocatorias de ayudas. Se espera que para febrero se publique la primera convocatoria dirigida al segmento de pymes entre 10 y 49 trabajadores.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio y cuyo domicilio fiscal esté en España. No podrán ser beneficiarias las empresas o autónomos que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
Los beneficiarios recibirán un bono digital por importe en función de su tamaño. Los segmentos de empresas serán los siguientes:
- Segmento I. Pequeñas empresas entre 10 menos de 50 empleados: 12.000 euros
- Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000 euros
- Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre cero y menos de 3 empleados : 2.000 euros
¿Qué gastos o acciones se subvencionan?
Las ayudas serán disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias estén incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa regulado en el artículo 12 de las bases. Los importes máximos de ayuda varían en función de la categoría de soluciones de digitalización y segmento (consultar artículo 18 de las bases).
Os recordamos que en la Oficina ACELERA PYME del COIT estamos a vuestra disposición para asesoraros sobre esta materia de manera TOTALMENTE GRATUITA.
Enlace a las bases reguladoras del Programa KIT DIGITAL