Red.es, organismo público competente para la concesión de las ayudas del Programa «Kit Digital», ha publicado la segunda Convocatoria de ayudas. Estas ayudas estarán destinadas a la digitalización de empresas del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
El plazo de presentación de solicitudes será de doce (12) meses, computándose desde el 2 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas hasta el 2 de septiembre de 2023 a las 11:00 horas, aunque este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y personas en situación de autoempleo comprendidas en el citado Segmento II, seleccionando, en régimen de concesión directa, los beneficiarios de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva.
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.
El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, a través del «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de seis mil euros (6.000 €). Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento II son los siguientes:
- Sitio Web y Presencia básica en Internet: 2.000 €
- Comercio electrónico: 2.000 €
- Gestión de Redes Sociales: 2.500 €
- Gestión de Clientes: 2.000 € (incluye 1 usuario)
- Business Intelligence y Analítica: 2.000 € (incluye 1 usuario)
- Gestión de Procesos: 3.000 € (incluye 3 usuarios)
- Factura Electrónica: 2.000 € (incluye 3 usuarios)
- Servicios y herramientas de Oficina Virtual: 250 € por usuario (hasta 9 usuarios)
- Comunicaciones Seguras: 125 € por usuario (hasta 9 usuarios)
- Ciberseguridad: 125 € por dispositivo (hasta 9 dispositivos)
- Presencia avanzada en Internet: 2.000 €
- Marketplace: 2.000 €
Te recordamos que la Oficina ACELERAPYME COIT Andalucía está a tú disposición si estás interesado en el Kit Digital, para solventar tus dudas y para ofrecerte cualquier tipo de asesoramiento en materia de transformación digital. Para contactar con nosotros podéis hacerlo a través de nuestro teléfono 900 701 151 o bien al móvil 618 60 35 48. También mediante el correo electrónico aceleratic@aceleratic.es, encontraréis más información en https://aceleratic.es/ .
La Oficina Acelera Pyme del COIT forma parte de la Red de Oficinas ‘Acelera Pyme’, puesta en marcha por Red.es, cuyo objetivo es el asesoramiento y el impulso digital de las pequeñas y medianas empresas.